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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334544
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1486
PRUEBAS EN EL AMPARO, ESTUDIO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1486
Si del informe justificado de las autoridades responsables, se desprende una causa manifiesta de improcedencia del amparo, que motiva el sobreseimiento del mismo, el inferior no está obligado a estudiar las pruebas de la parte quejosa, que se refieren al fondo del amparo, pues procediendo el sobreseimiento, el Juez de Distrito está incapacitado para estudiar el fondo de la cuestión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4462/34. Jiménez Antonio y coagraviado. 29 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Relator: Jesús Garza Cabello.