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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334585
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2243
CABARETS, SUSPENSION TRATANDOSE DE CLAUSURA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2243
Si el quejoso comprueba que la autoridad responsable le otorgó licencia para abrir un cabaret y expender debidas alcohólicas, y se ordena la clausura del mismo en virtud de que, bajo la apariencia de restaurante, funcionaba como cantina cabaret, y de que con frecuencia se registraban escándalos, la suspensión debe concederse sin requisito alguno, puesto que no existe la primera de dichas razones, y si la segunda no se comprueba, debiendo tenerse además en cuenta, que esta cuestión se refiere al fondo del amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6445/35. Rodríguez García Valeriano. 11 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente