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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334625
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2823
EXPROPIACION EN QUERETARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2823
El Decreto número 41 del Estado de Querétaro, no lleva en sí principio de ejecución que pudiera causar daños o molestias, sino que se concreta a facultar el Ejecutivo del Estado, para que expropie un inmueble, por lo que el acto que positivamente puede causar agravio, es el que en último extremo emane del gobernador del Estado, al cumplir con dicho decreto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4954/35. Niembro Alfonso. 20 de febrero de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Aguirre Garza.