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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2992
PAVIMENTACION, LEY DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2992
No puede decirse que se haga uso de la facultad económicocoactiva en favor de particulares, porque éstos, como concesionarios, tengan derecho a cobrar al fisco, la cantidad que se hubiere convenido para la pavimentación de las calles, ya que tal hecho es independiente del pago de las aportaciones de las causantes, que tendrán que hacerse precisamente al Municipio, por lo que su omisión da lugar al ejercicio legal de la facultad económicocoactiva.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2726/33. Gutiérrez Antero y coagraviados. 25 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.