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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334657
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3128
DOCUMENTOS, INDIVISION DE LA PRUEBA QUE NACE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3128
No existe razón alguna ni apoyo legal, para atribuir a un documento, efectos jurídicos de prueba en una parte, y negarlos en otra, sino que, por el contrario, si ha sido presentado en juicio y no redargüido de falso, debe surtir efectos en todas sus partes.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5317/35. Guevara Carlos. 26 de febrero de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Gómez Campos y Jesús Garza Cabello. Relator: Alonso Aznar Mendoza.