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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334659
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3134
IMPUESTOS, INFRACCIONES RELATIVAS AL PAGO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3134
La circunstancia de que un causante, espontáneamente y sin que conste que hubiera sido descubierta una supuesta infracción, ocurra voluntariamente a poner el caso en conocimiento de la Oficina Federal de Hacienda, y también en forma espontánea, haya hecho el pago del anticipo correspondiente, hace presumir justificadamente su buena fe, fundada en que en las fechas en que se cometió la supuesta infracción, no era obligatorio el pago del anticipo mencionado, por no ser aplicable aún, el derecho que lo estatuye.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5513/35. "Buchenau y Compañía". 26 de febrero de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.