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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3525
AGUAS (LEY DE 13 DE DICIEMBRE DE 1910).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3525
El artículo 47 de la Ley de 13 de diciembre de 1910, debe considerarse derogada, desde que entró en vigor la Constitución de 1917, porque contiene disposiciones que se oponen a los párrafos I y V del artículo 27 de ésta.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3455/25. "La Fama Montañesa", Fábrica de Hilados y Tejidos de Algodón, S. A. 3 de marzo de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.