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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334683
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3669
RECLAMACIONES EN MATERIA FISCAL, EFECTOS JURIDICOS DEL RECHAZAMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3669
Si aparece de autos que la autoridad responsable desechó una reclamación, mientras se tramitaba el amparo interpuesto por violaciones al procedimiento en ella, como la concesión del amparo surtiría el efecto de volver las cosas al estado que tenían antes de la violación del procedimiento, o sea, mantener la suspensión del mismo, en tanto recayese la resolución en la reclamación intentada, es notorio que dicha restitución ya no podría producir efectos, por haber cesado los del acto reclamado; por lo que, rigiendo ya una nueva situación jurídica, dicho amparo debe sobreseerse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2608/33. Newbery Tomás R. 5 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.