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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334687
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3675
CONTRABANDO, IMPOSICION DE PENAS ADMINISTRATIVAS AL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3675
Aunque para los efectos de comprobar el delito de contrabando, sí pudieran tener valor legal las pruebas presuntivas, para imputar tal delito a una persona, no lo tienen, cuando se trata de imponer la pena administrativa correspondiente por el mismo delito, por tratarse de un procedimiento distinto, determinado específicamente por la ley aduanal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4996/35. Sano Moritaro. 5 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Truchuelo. Relator: Agustín Aguirre Garza.