Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/334689
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334689
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3687
MULTAS, SUSPENSION SIN REQUISITO, CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3687
La suspensión debe concederse, sin requisito alguno, contra la ejecución de una multa, si el quejoso otorgó fianza ante la oficina exactora, con objeto de asegurar el interés fiscal.
Precedentes
Tomo XLVII, página 5892. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 7151/35. Negrete Leopoldo. 5 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Rodolfo Asiáin.
Tomo XLVII, página 3687. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7061/35. Ruiz Godoy Julio. 5 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Rodolfo Asiáin.