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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334704
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4034
PETROLEO, CONCESIONES CONFIRMATORIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4034
De la redacción de los artículos 14 de la Ley del Petróleo y 150, 152 y 153 de su reglamento, se desprende que la Secretaría de la Economía Nacional, no sólo está facultada, sino que tiene la obligación de comprobar los derechos de los solicitantes, antes de expedir las concesiones confirmatorias, y si éstos no justifican plenamente, ante dicha autoridad, que reúnen los dos requisitos a que se refieren los artículos citados, debe negar la concesión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4480/34. "El Aguila", S. A., Compañía Mexicana de Petróleo. 12 de marzo de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Garza Cabello. La publicación no menciona el nombre del ponente.