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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334720
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4365
TIERRAS, COMPROBACION DE LA PERSONALIDAD, EN CASO DE DESPOSEIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4365
La Suprema Corte de Justicia ha establecido que cuando se reclame en amparo, el hecho de que unos campesinos vayan a ser desposeídos de las tierras que ocupan, las autoridades deben admitir las solicitudes, formuladas por los vecinos de las poblaciones rurales y reconocer la personalidad de sus representantes, sin exigirles que llenen los requisitos de formalidades externas necesarias para los actos contractuales de distinta índole; pues si el derecho a las tierras comunales o de repartimiento, es un derecho que consagra la Constitución en favor de los vecinos de las poblaciones, no existe razón para no admitir en el juicio constitucional, las gestiones de esa clase humilde, que trata de defender sus derechos, cuando los cree conculcados, sólo por faltas de ritualidad externa en su representación.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 5905/35. Liga de Comunidades Agrarias y Sindicatos de Campesinos y Obreros del Estado de Sinaloa "Jacobo Gutiérrez" y coagraviados. 16 de marzo de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.