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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334727
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4470
DAÑOS CAUSADOS POR LA REVOLUCION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4470
La valoración de las pruebas, en los casos de reclamaciones por daños causados por la revolución, está sujeta al criterio racional de la autoridad respectiva, y por tanto, la apreciación que de ellas haga, no es violatoria de los artículos 258 y 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1628/33. Schweickhardt Carlos. 17 de marzo de 1936. unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.