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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334738
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4527
ALBAÑALES, COBRO DE IMPUESTOS POR (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4527
Es improcedente que se cobre el impuesto por albañales a que se refiere el artículo 6o., fracción I, del Reglamento de Ingresos Municipales de San Luis Potosí, si no se prueba la existencia de algún colector en el frente o lados de la casa por la cual se pretende hacer el cobro.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7004/35. Barrera Agustina. 18 de marzo de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.