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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334740
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4531
TIERRAS OCIOSAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4531
Si la inspección ocular necesaria para declarar ociosas unas tierras, es llevada a cabo por el presidente municipal respectivo, y se anticipa el término concedido por la ley, para la preparación de ellas, no se les puede legalmente considerar como ociosas, y el hacerlo es violatorio de garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4884/35. Arriola Jesús y coagraviados. 18 de marzo de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.