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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334747
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4573
OPOSICION, JUICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4573
El recurso a que se refiere el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación, no puede hacerse valer por las resoluciones definitivas del jurado de revisión, y sólo procede contra violaciones cometidas en el procedimiento, por las autoridades ejecutoras.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3340/34. Compañía de Gas y Combustible Imperio, S. A. 19 de marzo de 1936. unanimidad de cuatro votos. ausente: José M. Truchuelo. Relator: Agustín Aguirre Garza.