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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334799
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5267
OPOSICION, RECURSO DE (LEGISLACION DE NAYARIT).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5267
Si no se cuestiona la legitimidad de un adeudo fiscal, y se reclaman vicios del procedimiento, es indiscutible que no hay necesidad de agotar, para recurrir al amparo, el recurso de oposición contenido en los artículos 57 al 60 de la Ley Económicocoactiva de Nayarit.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 606/36. García Salvador A. 28 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.