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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334800
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5268
NOTIFICACIONES (LEGISLACION DE NAYARIT).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5268
No se viola el artículo 11 de la Ley Sobre Facultad Económicocoactiva del Estado de Nayarit, si por no haber sido encontrada la persona a quien se buscaba, la diligencia se entiende con otra hallada en su domicilio, y en el acta respectiva, suscrita por ésta, se precisa con quien se practicó y la fecha en que dicha diligencia fue realizada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 606/36. García Salvador A. 28 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.