Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/334807
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334807
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5289
EMBARGO DE RENTAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5289
Si en un procedimiento económicocoactivo, se embargan las rentas de una finca, los efectos de la suspensión con que aquélla continúe intervenida, hasta garantizar el interés fiscal; debiendo quedar las rentas en calidad de depósito, de acuerdo con el artículo 135 de la Ley de Amparo y para el efecto de que no sean aplicadas en pago.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 439/36. Pérez Pilar. 28 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.