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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334810
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5295
EXPROPIACION, SUSPENSION TRATANDOSE DE REVOCACION DE UN DECRETO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5295
Si el gobernador de un Estado expide un decreto expropiando determinados terrenos, de los cuales se pone en posesión a los beneficiarios y con posterioridad expide otra ley, revocando la primera y ordenando se de posesión de los bienes a sus antiguos dueños, la suspensión debe concederse, mediante fianza, puesto que con ello no se sigue perjuicio al interés general, ni se contravienen disposiciones de orden público, por tratarse de una controversia entre particulares.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5295/35. Gris Carlos y coagraviados. 28 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.