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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334816
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5405
AMPARO EXTEMPORANEO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5405
Si a una persona se le hacen saber, por el mismo conducto y en oficio de igual fecha, dos resoluciones, y se hace sabedor de una de ellas, no puede después, transcurrido el término para el amparo, presentar la demanda contra de la otra.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desecho la demanda 1325/36. Cañas Gonzalo N. 31 de marzo de 1936. Mayoría de tres votos. Disidente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.