Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/334817
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334817
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5405
AUTORIDADES, CONTRATOS CELEBRADOS POR LAS, COMO PARTICULARES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5405
El amparo no procede cuando el acto reclamado es la falta de cumplimiento de una obligación, por parte de una autoridad que ha contratado, como sujeto de derecho privado, porque entonces la exigibilidad de dicha obligación o el cumplimiento del derecho violado, pueden deducirse en el juicio común.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desecho la demanda 1325/36. Cañas Gonzalo N. 31 de marzo de 1936. Mayoría de tres votos. Disidente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.