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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334818
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5411
MEDICINAS DE PATENTE, SUSPENSION TRATANDOSE DE LA ORDEN DE TRASPASARLAS A TERCERO, PARA QUE LAS VENDA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5411
La suspensión debe concederse contra la orden de las autoridades sanitarias, para que una persona que no tiene permiso para expender medicinas de patente, las traspasase a algún establecimiento autorizado, puesto que con ello no se afecta el interés general, y si no tiene permiso para la venta, no es necesario que desde luego las traspase y, además, podrá efectuar ventas, si reúne los requisitos que exige la ley.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7032/35. Torres Fuentes Esther. 31 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.