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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334848
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 744
IMPUESTOS, REQUISITOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 744
La impugnación referente a que la Ley sobre Fundos Petroleros, es contraria a lo dispuesto por el artículo 31, fracción IV, constitucional, por carecer del requisito de proporcionalidad y equidad exigida por dicha disposición, debe desecharse, con fundamento en la jurisprudencia de la Suprema Corte, que aparece en el Tomo XXXIII, página 3684, tesis 410, que textualmente dice: "los requisitos relativos a la proporcionalidad y equidad de los impuestos, deben ser calificados por las respectivas legislaturas, o por la autoridad que los acuerde, quienes deben estimar todos los factores económicos y sociales que sean de tomarse en cuenta, para ajustar esos procedimientos a la Constitución Federal.".
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5804/34. Consolidated Oil Companies of México, S. A. 10 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.