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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334885
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1298
PAN, REGLAMENTO DE LA INDUSTRIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1298
El Reglamento de la Industria del Pan, faculta al gobierno del Distrito para negar las licencias cuando no reúnan los solicitantes, los requisitos que el propio Reglamento determina; pero no lo autoriza para revocarlas cuando hayan sido concedidas, fundándose en que el expendio de que se trata, no reúne el requisito de distancia. La mejor prueba de que el legislador no quiso dar esta facultad a las expresadas autoridades, es que, al reformar el artículo 27 del Reglamento dicho, suprimió, entre los casos que se sancionan con la clausura de los establecimientos, el relativo al artículo 9o. que establece el requisito de distancia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 554/35. Fernández Adolfo. 17 de octubre de 1935. Mayoría de tres votos. Ausente: José M. Truchuelo. Disidente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.