Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/334889
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334889
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1310
CARBON, LICENCIAS PARA EXPENDIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1310
Es verdad que las licencias para abrir expendios de carbón, no confieren al beneficiario un derecho absoluto y que pueden ser revocadas por la autoridad que las otorga; pero dicha revocación no debe hacerse arbitrariamente, sino en las condiciones exigidas por la ley o su reglamento, correspondiendo a las autoridades respectivas, la prueba de que sí han cumplido los actos y circunstancias enumerados por la ley, para retirar la autorización de que se trata.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2759/35. Ibarra Rodríguez Rodolfo. 17 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.