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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334899
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1519
IMPUESTOS Y MULTAS FISCALES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1519
Si se reclama en amparo un procedimiento economicocoactivo, el embargo practicado en el mismo y el remate de lo embargado, y el quejoso es ajeno a dicho procedimiento, la suspensión debe concederse sin requisito alguno, puesto que los intereses fiscales están garantizados con el embargo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del Incidente de suspensión 2165/35. Romero María Luisa. 19 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.