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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334905
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1565
AUTORIDADES RESPONSABLES, FALTA DE MENCION DE LAS, EN LA DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1565
La circunstancia de que el promovente de un amparo no haya signado entre las autoridades responsables, a una de ellas, no es motivo para no entrar a estudiar la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los actos de esta autoridad, que motivan la demanda, máxime entre las constancias del expediente de la resolución contra la cual se reclama, aparecen las autoridades que se omitieron en la demanda.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4762/34. García Ruiz Juan. 21 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.