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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334910
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1580
ACTO RECLAMADO, COMPROBACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1580
La parte quejosa en un amparo está obligada a comprobar la existencia del hecho que reputa atentatorio; pero comprobado el hecho, es a la autoridad responsable a quien compete demostrar que este hecho es justificado, esto es, que está de acuerdo con la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2204/35. Escobar Hermanos y Compañía. 21 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.