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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334924
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1797
NACIONALIZACION, COSAS QUE NO PUEDEN SER OBJETO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1797
La fracción II del artículo 27 constitucional no comprende en sus disposiciones las prendas de vestir ni los objetos de uso particular de las personas, que de ninguna manera pueden reputarse destinadas a la administración, propaganda o enseñanza de algún culto religioso, por lo que el amparo que se pida contra los actos consistentes en tomar posesión de dichos objetos, fundándose en el precepto citado, debe concederse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1012/35. Limón Rosario. 24 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Truchuelo. Relator: Jesús Garza Cabello.