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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334927
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1815
VIAS DE COMUNICACIONES, PERMISOS PARA EXPLOTACIONES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1815
Los acuerdos de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, que nieguen unos permisos de ruta que son solicitados por una persona, no le impide que se dedique al servicio de transportes, al que pretende destinar sus actividades, si sólo se niega el permiso para determinada ruta, por estar cerrada, de acuerdo con los términos y facultades concedidas por la ley de la materia, conforme a la cual se formularon las solicitudes, y por tanto, no son violatorios del artículo 4o. constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2841/35. Carrasco A. Alfredo y coagraviados. 24 de octubre de 1935. Mayoría de tres votos. Disidentes: José M. Truchuelo y Agustín Aguirre Garza. Relator: Jesús Garza Cabello.