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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334947
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2140
DOCUMENTOS PUBLICOS, HACEN PRUEBA PLENA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2140
Si una autoridad practica diligencias de investigación en los libros de contabilidad de diversas casas o negociaciones y se levantan actas en cada inspección, que son firmadas, tanto por el gerente o encargado de las negociaciones visitadas, como por el inspector especial nombrado al efecto, las copias de dichas constancias, que sean presentadas por la autoridad, hacen prueba plena, por ser documentos públicos; y aun estimando tales documentos como privados, la hacen, si no son objetadas por el quejoso, ni ante la autoridad responsable, ni en el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1677/35. Basurto Luis G. 28 de octubre de 1935. Mayoría de cuatro votos, respecto al tercer punto resolutivo y unanimidad de cinco votos, respecto de los demás. Disidente: José M. Truchuelo. Relator: Jesús Garza Cabello.