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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334950
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2162
FIANZA EN AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2162
El fisco federal, al exigir un impuesto, obra como autoridad; pero si se entabla un juicio de oposición sobre el cobro de dicho impuesto, el fisco figura en el juicio como parte demandada, contendiendo con tal carácter en un plano de igualdad con el opositor, y si se promueve amparo directo contra la sentencia que pone fin a citado juicio, el fisco es tercero perjudicado y, por tanto, tiene expeditos sus derechos para solicitar la ejecución del acto, otorgando, llegado el caso, la contrafianza correspondiente.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 331/35. Compañía de Minas de Santa Ana y Anexas, S. A. 28 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos La publicación no menciona el nombre del ponente.