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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334968
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2553
FUNDO LEGAL EN MANZANILLO, REGLAMENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2553
La Ley Número 95, que estableció el fundo legal en Manzanillo, declaró de utilidad pública la expropiación de la superficie de ciento una hectáreas de terreno, que se destinaría a la formación del mencionado fundo, con el propósito de que el pueblo de Manzanillo pudiera construir sus casas habitaciones, y por lo mismo, la utilidad pública base de la expropiación, tuvo por fundamento una disposición benefició a un particular, fue como una consecuencia necesaria de la finalidad que perseguía la ley que estableció el fundo legal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1275/35. Smoot Edgar K. 31 de octubre de de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Jesús Garza Cabello.