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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334977
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2636
CONTROLARIA DE LA FEDERACION, SUS ATRIBUCIONES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2636
Los artículos 2o. y 3o. de la Ley Orgánica del Departamento de Controlaría de la Federación, establecen que todas las funciones que ella encomienda al departamento citado, serán ejercidas por el contralor de la Federación y por órganos del Departamento, en representación directa del presidente de la República, y que el Departamento de Contraloría está bajo la dirección del contralor; por lo que corresponde al departamento mismo de contraloría y no a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinar si los inspectores están o no sujetos al descuento que previene la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 935/29. Narro Mariano y coagraviado. 11 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.