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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334992
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3171
EXPROPIACION APLICANDO LA LEY DE PLANIFICACION Y ZONIFICACION DEL DISTRITO FEDERAL Y TERRITORIOS DE LA BAJA CALIFORNIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3171
Los artículos 17 y 19 de la Ley de Planificación y Zonificación del Distrito Federal y Territorios de la Baja California, señalan el procedimiento para la toma de posesión de los bienes expropiados; pero para que pueda seguirse este procedimiento, es indispensable que antes se cumpla con lo dispuesto en los artículos 8o. 9o. y siguientes de la misma ley, y que el Ejecutivo decrete la expropiación de los terrenos edificios, materiales, etc., y la declare necesaria para la realización las obras proyectadas; por tanto, si una autoridad, sin existir el citado decreto de expropiación, ordena ésta, ni obra conforme a las leyes aplicables, ni cumple con las formalidades esenciales del procedimiento si trata de privar de su posesiones al expropiado sin que haya sido decretada la expropiación y sin indemnización de especie alguna, con violación de los artículos 14, 16, y 27 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo directo 3418/35. Durazo de Márquez Loreto. 8 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. Relator: Agustín Aguirre Garza.