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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334998
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3266
AGUAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE SUSPENDER EL SERVICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3266
Si el presidente de la Junta interior de aguas de determinado lugar, suspende al quejoso el uso del agua que ha venido disfrutando, porque no cubre las cuotas correspondientes a la limpia de la presa y canal de donde deriva el agua, se trata de un acto de tracto sucesivo y la suspensión debe concederse, por reunirse los requisitos del artículo 55 de la Ley de Amparo; pero mediante fianza, para garantizar el perjuicio que pudiera ocasionarse a los terceros perjudicados, que son los miembros de la junta interior de aguas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5106/35. Licón Luis L. 11 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.