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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335008
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3773
REMATES, ADQUISICION DE FINCAS EN (LEGISLACION DEL ESTADO DE SINALOA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3773
Si una persona adquiere un bien en un remate celebrado por la autoridad competente, después de sustanciarse por todos sus términos, un juicio hipotecario, y como consecuencia de la adjudicación que se hizo a su favor y del otorgamiento de la escritura de propiedad respectiva, es puesto en posesión del bien rematado por la autoridad judicial correspondiente, es claro que, antes de figurar como postor en el remate, era completamente extraño al juicio administrativo que hubiere seguido la Oficina Federal de Hacienda, en contra del anterior dueño, por adeudo de contribuciones y, por lo mismo, dicha persona carecía de derecho y aun de interés en el mencionado procedimiento administrativo, y celebrado el remate de acuerdo con la ley civil del Estado de Sinaloa, el bien rematado para al adquirente libre de todo gravamen, por lo que no estaba obligado a comparecer en el juicio economicocoactivo iniciado con anterioridad a la adquisición, ya que habiendo adquirido la propiedad en las condiciones dichas, fue puesto en posesión de la misma, por la autoridad judicial.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4201/33. Carlón Emeterio. 16 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Ponente: Jesús Garza Cabello.