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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335023
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4044
MEDIDAS DE PESO, RESELLO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4044
Si en autos queda demostrado que una persona tiene un establecimiento comercial y que en una inspección verificada en el mismo, se encuentran dos básculas romanas sin resellar ni autorizar, como la Circular Número 1 de la Secretaria de Industria, Comercio y Trabajo, publicada en el Diario Oficial de 28 de abril de 1934, dice que todo instrumento destinado a pesar o medir, que se encuentre, sea en cualquier establecimiento comercial o sea en cualquier otro lugar en que se lleven a cabo operaciones de pesar y medir, estará sujeto a autorización, verificación e inspección, dichas básculas se encuentran dentro del citado precepto, sin que se pueda excepcionar al dueño de ellos, diciendo que no las utilizaba en transacciones o ventas por peso o por medidas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3096/26. "Al Libro Mayor" .21 de noviembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.