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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335039
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4411
OPOSICION, RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4411
El recurso de oposición establecido en los artículos 82 y 84 de la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación, debe entenderse que fue establecido para aquellos casos en los que por error o extralimitación en el cumplimiento de un mandamiento de embargo, se secuestran bienes de personas ajenas por completo al deudor o establecimiento afectado por el adeudo fiscal; pero no es en el donde se puede resolver la cuestión relativa a si en virtud de las prevenciones del artículo 45 bis, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, los nuevos adquirentes de negociaciones comerciales tienen obligación solidaria con los antiguos dueños, de responder de los adeudos anteriores de dichas negociaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4872/35. Sada Paz Rodolfo. 26 de noviembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo