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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335054
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4573
PAN, SUSPENSION TRATANDOSE DEL REGLAMENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4573
Si se reclama en amparo la conminación que el Departamento del Distrito Federal hace a la parte quejosa para que clausure su establecimiento de miscelánea si continúa vendiendo en él, pan, con violación del reglamento relativo, la suspensión debe negarse, porque la sociedad y el Estado están vivamente interesados en que se cumplan las leyes reglamentarias del artículo 28 constitucional, en beneficio de la misma colectividad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2633/35. Pérez Mier Manuel. 27 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.