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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335064
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4659
FABRICAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE CLAUSURA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4659
Si la autoridad administrativa ordena la clausura de alguna fábrica de ladrillos, para que sea trasladada a otro lugar en virtud de que se van agrandando los hoyancos hechos y que por las proporciones de éstos se presenta cada vez más como un peligro para la salubridad del lugar y se afectan las necesidades públicas, impidiendo la construcción de habitaciones en los alrededores, y haciendo posibles, por las excavaciones realizadas, derrumbes en las construcciones, como existe interés público para que no se perpetúe el estado de cosas a que da lugar el funcionamiento de la fábrica y, por lo mismo, en que no se suspenda la ejecución de la orden de referencia, e igualmente, interés general, puesto que a causa de la extracción de la tierra para la fábrica de ladrillo se perturban las condiciones necesarias para la higiene, es improcedente conceder la suspensión contra la citada orden.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2302/35. "Fernández y Sasiáin". 28 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del disidente ni del ponente.