Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/335091
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335091
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4943
ACTOS CONSUMADOS DE UN MODO IRREPARABLE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4943
Contra ellos no procede conceder el amparo.
Precedentes
Tomo XLVI, página 6159. Indice Alfabético. Amparo 5354/33. Maldonado Esteban L. 7 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XLVI, página 4943. Amparo administrativo en revisión 3974/33. Miranda José María, sucesión de y coagraviada. 30 de noviembre de 1935. Unanimidad de cinco votos por lo que se refiere a los puntos primero, segundo y cuarto resolutivos y mayoría de tres en cuanto el punto tercero. Disidente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.