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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335101
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5022
IMPUESTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5022
Si el quejoso en un amparo alega que la ley que reclama en su demanda es anticonstitucional, precisamente porque no fija impuestos equitativos, y no rinde la menor prueba sobre esa falta de equidad, dicho amparo debe negarse, pues no basta alegar que la propiedad urbana en un municipio satisface varios impuestos por diversas disposiciones legales, para tener por demostrado que un nuevo impuesto no es proporcional ni equitativo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2532/35. Rivera Rodrigo G. 2 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José M. Truchuelo.