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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335105
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5032
DEPOSITO, SUSPENSION PEDIDA CONTRA LA CONSTITUCION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5032
Si se reclaman en amparo, la constitución del depósito de los bienes embargados en ejercicio de la facultad economicocoactiva y el remate de los mismos, procede conceder la suspensión, previo depósito de la cantidad que se cobre en el Banco de México, ya que los intereses fiscales no pueden estimarse embargados mientras no se constituyan en depósito los bienes embargados.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5331/35. Delgado Daniel B. 2 de diciembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.