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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335106
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5038
EDUCACION SOCIALISTA, SUSPENSION TRATANDOSE DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5038
Si por orden del gobernador de un Estado se exige a los estudiantes que pretendan inscribirse como alumnos en las facultades establecidas en el mismo Estado, la credencial que los acredite como miembros de la Federación de Estudiantes Socialistas de la propia Entidad Federativa, en la ejecución de esos actos están interesados el Estado y la sociedad, ya que, conforme al artículo 3o. constitucional, la educación que imparta el Estado será socialista, y dicha disposición tiende a hacer efectivo lo estatuido en aquel precepto constitucional; y es bien sabido que la sociedad y el Estado están interesados en que se cumplan los preceptos constitucionales, porque ellos norman su estructura y establecen las bases legales de las instituciones, y por tanto, debe negarse la suspensión contra los actos de que se trata.
Precedentes
Tomo XLVI, página 6354. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 5446/35. González Alberto P. y coagraviados. 7 de diciembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XLVI, página 5038. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5662/35. Roel Santiago y coagraviados. 2 de diciembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.