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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335114
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5270
ADEUDOS FISCALES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5270
Si se reclama en amparo la imposición de una multa, por parte de una Oficina Federal de Hacienda y aparece que se interpuso el recurso de revisión ante el Jurado de Infracciones Fiscales y que el interés fiscal fue garantizado debidamente, la suspensión contra la multa; debe concederse sin requisito alguno.
Precedentes
Tomo XLVI, página 6168. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 6017/35. Besoy Blas. 6 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XLVI, página 6168. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 4784/35. Cruz Gustavo R. 6 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XLVI, página 5270. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5975/35. Aragón Alberto. 4 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.