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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335119
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5374
AGUAS NACIONALES, SUSPENSION TRATANDOSE DE SUSPENDER EL SERVICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5374
La suspensión debe concederse, de acuerdo con el artículo 60 de la Ley de Amparo, contra la orden de la Secretaria de Agricultura y Fomento, librada por conducto del agente respectivo, para que se suspenda la dotación de agua de un río, por falta de pago de las cuotas respectivas; pero mediante deposito de la cantidad que se cobra, en el Banco de México.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4918/35. Acosta Amancio y coagraviada. 5 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.