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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335140
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5661
AYUNTAMIENTOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE SEPARAR A MIEMBROS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5661
La suspensión debe concederse contra la resolución del gobernador de la Legislatura o del Tribunal Superior de Justicia de un Estado, ordenando que un presidente municipal cese en sus funciones, porque la sociedad está interesada en que los componentes de los Ayuntamientos sean respetados en sus funciones públicas y se mantengan en ellas, mientras no se compruebe la existencia de delitos y faltas que los incapaciten para el ejercicio de sus cargos; sin que sea necesario, para conceder la suspensión, exigir requisito alguno, por no existir tercero perjudicado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3807/35. Ríos Rafael. 9 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.