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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 335152
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5863
AGUAS, EXPROPIACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5863
No puede decirse que un decreto que declara unas aguas propiedad de la nación, es un simple acto declarativo, porque es una resolución que por sí sola afecta o perjudica directamente al beneficiario de las aguas a que se refiere, pues al declararlas propiedad de la nación, se desconoce al quejoso el derecho que a la propiedad y posesión de dichas aguas alegue tener y, por lo mismo, le causa una molestia inmediata y directa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4661/31. Mexican Petroleum Co. 10 de diciembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Aguirre Garza.